A continuación encontrará la lista de las preguntas más frecuentes acerca del uso de los servicios que le ofrecemos.
Si una vez consultada esta FAQ no encuentra la ayuda que necesita no dude en ponerse en contacto con nosotros. Contacto
La Sede Electrónica es el sitio en Internet desde el que se podrán realizar trámites administrativos de forma telemática, así como consultar el estado de los expedientes y recibir notificaciones electrónicas.
Toda la ciudadanía que opten por interactuar con el Ayuntamiento a través de Internet y dispongan de un certificado digital reconocido.
La Sede electrónica estará disponible durante las 24 horas los 365 días del año. Atendiendo al calendario de días inhábiles vigente en el Ayuntamiento, los trámites realizados en un día inhábil se entenderán efectuados el primer día hábil siguiente.
Sí, cada expediente presentado telemáticamente queda registrado en el registro de entrada del Ayuntamiento, mostrándose al interesado el justificante de la presentación telemática realizada.
Sí, toda la información que viaja desde la Sede Electrónica a los sistemas del Ayuntamiento está cifrada. Además y gracias a la autenticación por medio de certificado digital reconocido se garantiza que sólo tú, como interesado en tus expedientes, puedes acceder a la información de tramitación.
La firma electrónica es un conjunto de datos que permiten identificar al firmante como si de la firma manuscrita se tratara.
La firma electrónica con certificado digital reconocido que usará tanto el Ayuntamiento como usted en la Sede Electrónica garantiza además la integridad de los documentos firmados: el documento original firmado no sufre modificaciones posteriores, puesto que si ese fuera el caso, la validación de la firma daría un resultado negativo y sería rechazada.
Un certificado electrónico es un documento emitido y firmado por una autoridad de certificación que identifica a una persona (física o jurídica) y la vincula con un par de claves.
Un certificado contiene la siguiente información:
Toda la información referida a los certificados admitidos en la Sede Electrónica del Ayuntamiento está disponible en el apartado del pie de página Requisitos.
Toda la información referida a los requisitos técnicos particulares para poder acceder correctamente a la Sede Electrónica del Ayuntamiento está disponible en el apartado del pie de página Requisitos.
Las sedes electrónicas se rigen, básicamente, por la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Asimismo, se han dictado diferentes desarrollos que afectan a temas de interoperabilidad, seguridad etc.
Además, cada sede electrónica debe contar con una regulación propia que establezca asuntos tales como su denominación o calendario de días hábiles. En el caso de los ayuntamientos alaveses esta regulación está contenida en el convenio suscrito por cada uno de ellos con la Diputación Foral de Álava y cuyo modelo fue aprobado por el Acuerdo del Consejo de Diputados 818/2010, de 14 de diciembre.